La modificación del artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo redefine el riesgo y facilita la tercerización en sectores clave.

La nueva Ley de Modernización Laboral, aprobada por el Senado de la Nación Argentina, introduce cambios sustanciales en la Ley de Contrato de Trabajo, especialmente en el artículo 30, que regula la responsabilidad en casos de subcontratación. A partir de la reforma, las empresas que tercericen tareas podrán quedar eximidas de responsabilidad solidaria si demuestran haber ejercido controles específicos sobre sus contratistas, como verificación de CUIL, pagos de aportes y salarios, cobertura de ART y acreditación bancaria de remuneraciones.

El impacto es relevante en sectores con alta tercerización —energía, industria, logística, infraestructura y agro— donde la operatoria productiva depende de múltiples contratistas. En la práctica, muchas grandes compañías delegan procesos completos a pymes o prestadores independientes para reducir costos y concentrarse en su “core business”. Con el nuevo esquema, la responsabilidad deja de ser casi automática y pasa a depender del sistema de gestión y documentación que implemente cada firma.

La norma también redefine el cálculo indemnizatorio —ratifica un mes por año trabajado pero ajusta la base salarial y fija topes—, crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para cubrir despidos futuros y habilita herramientas como el banco de horas y la jornada por promedio. En conjunto, el cambio reordena la gestión del riesgo laboral, reduce la litigiosidad potencial y podría profundizar la descentralización productiva y sindical en distintos rubros de la economía.

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