El fallo de la Justicia Federal establece que quienes estén condenados por delitos graves no podrán acceder a beneficios como las salidas transitorias. Esta medida, impulsada por el mendocino, ajusta el régimen penitenciario a la gravedad de las conductas, buscando mayor certeza jurídica, reforzar el cumplimiento de las penas y atender las demandas sociales de seguridad.

La Ley Petri, impulsada por el exdiputado nacional Luis Petri en 2021, establece que las personas condenadas por delitos de narcotráfico no podrán acceder a las salidas transitorias durante el cumplimiento de su pena. Esta norma fue recientemente convalidada por la Cámara Federal de Casación Penal a través de un fallo plenario dictado por los 10 jueces que integran el tribunal. La decisión mayoritaria de los jueces ratifica un criterio restrictivo hacia quienes hayan cometido delitos vinculados al narcotráfico, diferenciándolos del régimen general aplicable a otros condenados.

En el régimen general de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, se permite que los condenados accedan a salidas transitorias un año antes de finalizar la pena, inicialmente con acompañamiento por tres meses y posteriormente sin supervisión por otros tres meses. Estas salidas consisten en períodos de tiempo limitados fuera del establecimiento penitenciario, pensadas para facilitar la reinserción social progresiva. Sin embargo, la Ley Petri introduce una excepción a este beneficio para aquellos involucrados en narcotráfico, argumentando la gravedad de este delito y la necesidad de un tratamiento especial y diferenciado.

El fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, conocido como fallo plenario Nº 16, subraya que el régimen especial para los condenados por narcotráfico se ajusta a los principios de progresividad, igualdad ante la ley y razonabilidad, que deben guiar las decisiones judiciales y administrativas en materia penal. Los jueces destacaron además su responsabilidad institucional para establecer criterios claros y uniformes que orienten a los tribunales inferiores y brinden seguridad jurídica a los justiciables.

En el proceso de análisis de esta ley y su interpretación judicial, diversos organismos de Derechos Humanos solicitaron participar para aportar sus perspectivas. Instituciones como la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales, y el Centro de Estudios Legales y Sociales, entre otros, se presentaron como “amigos del tribunal” en audiencia pública. Su intervención buscó enriquecer el debate con argumentos relacionados con los derechos humanos y la aplicación de políticas penitenciarias.

Fuente: https://www.diariouno.com.ar/politica/la-justicia-avalo-la-ley-petri-que-los-condenados-narcotrafico-no-tengan-salidas-transitorias-n1420616

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